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OEA condena incursión de Ecuador en Embajada de México

La Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la resolución de condena enérgica «la intrusión en las instalaciones de la Embajada de México en Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la misión».

La resolución, presentada por la delegación de Colombia, fue aprobada este miércoles 10 de abril del 2024 con el voto favorable de la gran mayoría. Ecuador votó en contra y El Salvador se abstuvo. Mientras que México, que rompió relaciones diplomáticas con el país sudamericano, estuvo ausente.

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Asimismo, exhorta a Ecuador y México a que «inicien un diálogo y tomen acciones inmediatas para resolver este grave asunto de manera constructiva».

10 puntos aprobados por la OEA en la condena de Ecuador

 

  • Condenar enérgicamente la intrusión en las instalaciones de la Embajada de México en el Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la misión.
  • Reafirmar la obligación de todos los Estados de garantizar el respeto de los privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas y el principio de inviolabilidad, de conformidad con el derecho internacional, como requisito fundamental y crucial para las relaciones pacíficas entre los Estados.
  • Llamar a todos los Estados a respetar y cumplir sus obligaciones y responsabilidades en virtud de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y a garantizar que la inviolabilidad de los locales y el personal diplomáticos sea plenamente respetada y defendida, sin excepción.
  • Reafirmar la obligación de todos los Estados partes en la Convención sobre Relaciones Diplomáticas de observar todas sus disposiciones en su totalidad.
  • Reafirmar que, sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, es deber de todas las personas que disfrutan de esos privilegios e inmunidades respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor, y que también tienen el deber de no interferir en los asuntos internos del Estado receptor.
  • Reafirmar que los locales de las misiones diplomáticas no deben utilizarse de forma alguna incompatible con las funciones de la misión, según lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, otras normas de derecho internacional general, o por cualquier norma especial. Acuerdos vigentes entre el Estado que envía y el Estado receptor.
  • Exhortar a Ecuador y México a iniciar un diálogo y tomar medidas inmediatas, de conformidad con el derecho internacional, para resolver este grave asunto de manera constructiva.
  • Poner los buenos oficios de la Organización de los Estados Americanos a disposición de los Gobiernos del Ecuador y de México para facilitar todos los esfuerzos que se consideren útiles.
  • Encomendar al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos que transmita la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas.
  • Seguir ocupándose de este asunto y considerar nuevas medidas si fuera necesario.

La resolución aprobada en la OEA reafirma también "la obligación" que tienen los Estados de "respetar en su integridad" las disposiciones de la Convención de Asilo Diplomático de 1954 y recuerda que los diplomáticos están obligados "a no inmiscuirse en los asuntos internos" del Estado receptor.

Teleamazonas 

 

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Abril 2024 11:33

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